Por
Natalia Estefanía Botero
Medellín
P ara rastrear una identidad en internet sólo hay que aprovechar un descuido del navegante para seguir la huella de una migaja electrónica. Sin embargo, algunos asuntos escapan al control del usuario.
Es el caso de la información que reposa en los servidores de los Proveedores de Acceso a Internet (ISP), empresas o motores de búsqueda.
El antecedente más reciente se encuentra en la negativa de Google a entregar al Departamento de Justicia de Estados Unidos las bases de datos donde reposan los registros de navegación de sus usuarios. Yahoo, America Online y MSN, por su parte, abrieron sus bodegas al escrutinio oficial que buscaba redes de pederastas.
La decisión alarmó a los navegantes en la red y, de nuevo, puso sobre el tapete el tema de la privacidad en la web.
A continuación, cuatro preguntas sobre un tema en el todavía no se ha dicho la última palabra.
1. ¿Hasta dónde un ISP puede proveer registros de un navegante sin violar la intimidad de sus clientes?
Aunque pocos ISP guardan logs (registros) de la actividad de sus clientes, debido a la capacidad en almacenamiento que ello implicaría, tampoco tienen obligación legal de hacerlo. En general, esta información sirve para generar estadísticas o tendencias de mercado en las que no se identifica ni individualiza ningún usuario. Si se precisa conocer la dirección IP (que identifica a cada máquina conectada a la red), los sitios visitados, la duración o las clases de descargas realizadas, sólo es necesario una orden judicial previa.
2. ¿En qué casos pueden los organismos de control interceptar comunicaciones electrónicas?
Siempre que cuenten con una orden judicial expedida de forma debida.
No obstante, algunas de estas órdenes son negadas por jueces y fiscales por diversas razones, entre ellas desconocimiento de las enormes velocidades de comisión de los delitos informáticos.
Otra dificultad para cumplir las investigaciones sobre estos hechos es la naturaleza transnacional de las comunicaciones en línea.
En la práctica si se desea conocer el lugar desde donde se abrió una cuenta de Hotmail o Yahoo durante el último mes, se utiliza un procedimiento de carta rogatoria vía Asuntos Internacionales de una entidad o la Cancillería.
Este trámite puede demorar varios meses, lo que dificulta la investigación judicial.
3. ¿Qué tan protegido está un empleado frente a los asuntos personales que trata en su correo empresarial?
Los correos enviados y recibidos por el empleado, en cumplimiento de sus funciones y a través del servidor corporativo, no estarían protegidos por el derecho a la intimidad, porque son correspondencia de la empresa y así el empleado los haya redactado, la compañía es la propietaria.
Las políticas de seguridad definen lo que es indispensable que un empleador defina con claridad en los contratos laborales; y en el reglamento interno se establece qué contenido pueden enviar los trabajadores, así como los horarios a respetar y las renuncias a la intimidad que deben hacer. La posibilidad de que el empleador acceda al correo estilo Yahoo o Hotmail es remota, tanto técnica como legalmente.
4. ¿Cuál debe ser la regla general para protegerse de los criminales que capturan datos privados o claves bancarias?
La toma de conciencia de los usuarios es fundamental, pues sin ella no hay policía que valga. La internet es un viejo Oeste en el que la primera defensa de cada quien es su propia prudencia.





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